Concurso de Acreedores

¿Tienes una empresa que está en situación de insolvencia o puede estarlo y no quieres que sus deudas o responsabilidades puedan derivarse a ti como Administrador?

¿Como persona física te han hablado de la posibilidad de condonar tus deudas a través del mecanismo del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho pero no sabes cómo proceder?

Si tienes deudas que no pueden ser atendidas, probablemente estés en el momento más trascendental de tu vida empresarial o personal. La decisión que tomes va a marcar los próximos años y los plazos para elegir un camino u otro son cortos. Es el momento de afrontar el asunto y dejarte asesorar por un experto en insolvencias. Pero, ¿y si te dijera que no todos los abogados son iguales? Para conocer un asunto en profundidad hay que haber estado en ambas caras de la misma moneda. Defender una posición y la contraria. Sólo así se puede dominar el derecho concursal.

Nosotros somos administradores concursales, así que conocemos al detalle de todo el procedimiento interno que conlleva un concurso de acreedores desde el punto de vista de quien tiene que calificar el concurso como fortuito o culpable. Por tanto, conocemos qué hay que hacer y que no para que el concurso sea satisfactorio para nuestro cliente. 

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